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Medop comunica a sus clientes y usuarios que la referencia 908.240 ha sido retirada de su surtido. Esta medida se debe a complicaciones en el proceso de fabricación del mismo.
No obstante, Medop ofrece otras alternativas de calidad tanto en tapones desechables como reutilizables. Destaca la referencia 910.350: Tapón auditivo Tímpano, de características similares al Sigilo y la referencia 900.825: Tapón Auditivo Run Run. Ambos disponibles en el catálogo Medop.
Desde el mes de abril, Medop dispone ya del certificado renovado
Este certificado actualizado reconoce una vez más el compromiso de Medop con
Este reconocimiento es un paso más en el desarrollo de la empresa e impulsa a todo el equipo a seguir trabajando en una misma dirección: la mejora continua.
Los nuevos precios Medop Tarifa 2009 están activos desde el 1 de febrero. Navegue en nuestro catálogo virtual y aproveche las mejores ofertas.
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Medop cosechó un rotundo éxito en su participación en la 16º edición del Salón Internacional de la Seguridad: Sicur 2008. Un evento que cada año cobra una renovada importancia.
[más...]Por su parte, CCOO considera que los profesionales de Osakidetza no pueden continuar olvidando el factor “condiciones de trabajo”, en el estado de salud del paciente, ya que esto generaría pérdidas en las prestaciones económicas al enfermo, incluso existiendo la posibilidad de mejora en las pensiones de jubilados o viudas. Asimismo, supone pérdidas en recursos de la Sanidad Pública que corre con cuantiosos gastos cuando corresponden a las Mutuas.
Esta nueva Norma a nivel Europeo responde a la necesidad de dotar a la Normativa Española sobre amianto de una regulación única, que evite la dispersión y complejidad hasta ahora existente. La aprobación de la Directiva Europea 2003/18/CE, modifica la anterior existente y obliga a adaptar la legislación española en esta materia.
[más...]Aun cuando no se sobrepase el valor límite, el empresario pondrá dichos equipos a disposición de aquel trabajador que lo solicite expresamente.
- Evaluación de los niveles de ruido en aquellos lugares en los que los trabajadores son susceptibles a una exposición.
- Eliminación del riesgo en la fuente o reducción al mínimo posible.
- Vigilancia de la salud apropiada en los casos en los que la evaluación indique un riesgo para la salud.
- Evaluación semanal de la exposición, en los casos en que sea justificado porque la exposición diaria al ruido varíe mucho de una jornada laboral a otra.
- Un límite de exposición personal, teniendo en cuenta el uso de protección auditiva de 87 dBA (LEX, 8h) y 200 Pa (Ppico).
- Las siguientes acciones en el caso en que la exposición al ruido, sin tener en cuenta el uso de protectores auditivos, sea superior a 85 dBA (LEX, 8h) y 112 Pa (Ppico):
- Señalización y acceso restringido de las zonas de exposición.
- Utilización obligatoria de protectores auditivos.
- Derecho por parte del trabajador a recibir audiometrías.
- Las siguientes acciones en el caso de que la exposición al ruido, sin tener en cuenta el uso de protectores auditivos, sea superior a 80 dBA (LEX, 8h) y 112 Pa (Ppico):
- Información y formación a los trabajadores.
- Derecho a recibir audiometrías cuando exista riesgo para la salud.


